Solicitud del NIE / Tarjeta de Residencia

El sistema de cita permite el acceso con NIE, pero no la solicitud de cita previa para este documento.
Los extranjeros con número de NIE han de acudir personalmente a extranjería para tramitar su renovación, o en algunos casos es necesario solicitar cita previa.
· Cita previa extranjería (tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, residencia temporal, modificaciones de trabajo…)

Nota: Para obtener el NIE por primera vez habrá que acudir primero a presentar la solicitud en la oficina de extranjería de la Sede principal (Sede 1) de la Comunidad Autónoma, y en segundo lugar acudir a otra oficina de extranjería (Sede 2, Sede 3,…) para obtener el NIE, Tarjeta de Identidad de Extranjero o Título de Viaje, entre otros documentos.

En el botón del final de este texto se da paso a todas las Oficinas de Extranjería en las Delegaciones del Gobierno.
Toda la información que necesitan conocer los ciudadanos extranjeros han de ser atendidas desde las oficinas de extranjería.

Ocasionalmente las oficinas disponen de números de teléfono a los que llamar y solicitar información, aunque existe un número común para conocer el estado del expediente de extranjería.

Según el tipo de trámite que se vaya a realizar (solicitud NIE, tarjeta residencia, renovación residencia, etc,…) habrá que acudir a una oficina u a otra, ya que cada Sede tiene sus propias funciones.

Generalmente un ciudadano extranjero puede acudir sin cita para solicitar información, pero cuando se disponga a tramitar documentación (por ejemplo tarjeta residencia) será necesario que disponga de cita previa, la cual ha de pedirla por Internet.

Tarjeta de Residencia de Familiar Comunitario. Primera expedición del NIE

Nota: En el momento en que al extranjero le es asignado su número NIE, ya puede utilizarlo para buscar trabajo, seguridad social y otros procedimientos, es decir, aunque todavía no disponga del NIE en formato carnet.

Obtención del NIE (La tarjeta)
La primera solicitud por reagrupación familiar da derecho a 5 años de residencia en España


Cuando la Oficina de Extranjeros acuerda autorizar la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, es cuando el interesado ha de pagar la tasa de 10.20 euros (modelo 790) y personarse en la comisaría que le sea asignada en dicha resolución -generalmente es la comisaría más cercana al domicilio- y presentar los siguiente documentos:

- Justificante del abono de la tasa de 10.20 euros
- Copia de la resolución que da derecho a la expedición de la tarjeta de residencia
- Pasaporte en vigor
- 2 fotos tamaño carnet
- En caso de haber cambiado de domicilio, certificado de empadronamiento

Tras aportar estos documentos se le entregará al extranjero -próximo- residente un resguardo con el que tendrá que acudir por segunda y última vez para recoger su tarjeta de residencia en 45 días con el pasaporte en vigor

Nota: Resguardo para reclamar la tarjeta de residencia. Conservar en lugar seguro este resguardo, de lo contrario puede suponer una mayor espera para la entrega de la tarjeta.

De interés para residentes: Precaución al viajar con compañías de bajo coste por Europa



183 comentarios

  1. Rodrigo Juárez dice:

    hola! Mi nombre es Rodrigo, soy mexicano y tengo mi residencia española caducada de hace 2 meses, inicié la renovación hace 4 meses y salió favorable hace 2 meses, mis 2 preguntas son:

    Aun puedo ir a comisaría a solicitar el resguardo? pasados ya casi 3 meses de la resolucion favorable?

    Es posible recoger el NIE después de 3 meses de haber tenido el resguardo??

    Esto es debido a que estaré en esos periodos fuera de España.
    Muchas Gracias!
    Saludos!!!

  2. Guillermo dice:

    Buenos días:

    Solicité cita previa a una señora portuguesa para la obtención del NIE, como paso previo a darle de alta en la empresa. Nos indicaron que por una normativa actual no es posible obtenerlo, nos indicaron que esperaríamos que ya nos avisarán…No lo entiendo…una persona portuguesa no puede trabajar en España, en una empresa española?
    Muchas gracias.

    • Administrador dice:

      Hola Guillermo
      Si dispone de residencia legal en España tiene derecho a trabajar como cualquier ciudadano español.
      Entendiendo que se haya inscrito en el Registro de Comunitarios de la Comunidad o Provincia donde vaya a residir, desconocemos la razón por la que le es denegado el NIE desde la oficina de extranjería.

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